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¿Vives en España pero aún tienes un asesor financiero en el Reino Unido?

19 junio 2021

Samnew

mediante sam kelly DipPFS, EFA, BA (Hons),

Socio de gestión,

Coro financiero.

Chorus Financial está recibiendo un número creciente de consultas de aquellos de ustedes que viven en España y desean transferir sus pensiones e inversiones a un asesor financiero local. Varias de estas solicitudes fueron impulsadas directamente por el propio asesor del Reino Unido, que había informado a estos clientes de que ya no podían asesorarlos debido al Brexit.

Hay mucha confusión en esta área, así que haré todo lo posible para compartir lo que sabemos hasta ahora. Antes del Brexit, los reguladores españoles de inversiones, seguros y pensiones – DGS y CNMV – permitían a las entidades reguladas del Reino Unido asesorar a los que vivimos en España a través del régimen de libre prestación de servicios o mediante un establecimiento. Cuando Gran Bretaña abandonó la UE, estos derechos se eliminaron para las empresas con sede en el Reino Unido.

En preparación para el Brexit, España publicó el artículo 13 del Real Decreto-ley (que puede leer aquí: http://www.cnmv.es/Portal/Brexit/FAQ-RDL.aspx?lang=en).

En este contexto, la CNMV confirmó que, de acuerdo con el artículo 13 (3) del RDL, “los contratos de prestación de servicios bancarios, valores, seguros u otros servicios financieros, en virtud de los cuales una entidad presta servicios en España estando domiciliada en el Estados Unidos. El Reino “…” permanecerá en vigencia provisionalmente, hasta el 30 de junio de 2021, con el fin de realizar las actividades necesarias para una rescisión o una adecuada cesión de los contratos celebrados antes del 1 de enero de 2021 ”.

En términos más coloquiales, esto significa que para cualquier negocio existente con su IFA en el Reino Unido, pueden continuar brindándole servicios hasta el 30 de junio de 2021. Esta extensión se otorga para dar tiempo a terminar su relación o transferir su IFA. usted a una entidad que pueda brindarle asesoramiento en España.

Quería aclarar esto más con la FCA, así que les envié algunas preguntas directas, y tuvieron la amabilidad de responder de la siguiente manera:

“Las empresas que pretenden hacer negocios con personas que residen en el EEE deben asegurarse de hacerlo de acuerdo con las leyes locales y las expectativas regulatorias locales. Si una firma puede prestar servicios a clientes españoles (sean expatriados o no) es una cuestión de derecho español. «

Con esta respuesta, la FCA declara que es el país donde reside el que establece su normativa, lo que respalda la posición del regulador español en cuanto a asesorar a los que vivimos en España.

Entonces, ¿dónde te deja eso si todavía tienes un IFA del Reino Unido? Bueno, el primer lugar para comenzar es hablar con ellos directamente. Puede ser que su empresa haya creado una filial en la UE y a través de esta entidad puedan seguir asesorándote aquí en España.

Para muchos de ustedes que se encontrarán buscando un nuevo asesor financiero debido a estos cambios, hay pasos que pueden seguir. La FCA ha establecido estándares increíblemente altos para los asesores del Reino Unido, lo que significa que el asesoramiento que ha recibido a lo largo de los años probablemente haya sido transparente, apropiado y de un asesor totalmente calificado. Debe esperar que este estándar continúe aquí en España.

En pocas palabras, la transparencia significa que su asesor debe hacer todo lo posible para detallar en detalle todas las tarifas a las que estará expuesto y, entre esas tarifas, la cantidad exacta que recibirán. Esperaría que esto se detallara tanto en términos de% como en valores monetarios. Tenga en cuenta que muchos productos y fondos en España todavía pagan a los asesores comisiones no reveladas, que se ilegalizaron en el Reino Unido hace muchos años. Esto puede hacer que sus costos generales sean increíblemente altos. Una pista importante es que si un producto tiene un enlace, digamos 5, 8 o incluso 10 años, entonces pagará una comisión por adelantado a ese asesor, y vimos que eran el 8% de su inversión. valor. Siempre se le debe ofrecer una opción sin penalización de entrada o salida.

En cuanto a titulaciones, existen varios organismos con los que podría estar cualificado un consejero en España, y todos ellos cuentan con registros online en los que podrás confirmar las credenciales de tus consejeros. Conmigo mismo como ejemplo, estoy calificado tanto en el Reino Unido como en España. Puede encontrarme en el Registro del Reino Unido en https://www.thepfs.org/membership/member-search/, que cubre todos los Asesores Calificados del Reino Unido registrados con CII y PFS. También puedes encontrarme en el registro español en https://www.efpa.es/busca-tu-asesor-financiero-certificado. Nuevamente, en España es posible que alguien pueda operar como asesor financiero sin tener ninguna titulación, por lo que es importante que confirmes que el asesoramiento que estás recibiendo es de una persona debidamente cualificada. Pídale a su asesor financiero que confirme en qué libro mayor figura y qué calificaciones formales posee para que usted pueda verificar esto de manera independiente.

Por supuesto, si realmente quiere estar seguro, hable con un asesor financiero de Chorus para que le recomiende; siempre es gratis y sin presión u obligación, para que pueda explorar sus opciones y tomar la mejor decisión para usted.

Llame a Chorus Financial hoy al +34 965 641 163, envíe un correo electrónico a [email protected] o visite www.chorusfinancial.es para obtener más información.

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