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El Ayuntamiento habilita el registro telemático de desfibriladores externos automáticos

14 abril 2022

SEVILLA, 14 de abril (PRENSA EUROPA) –

La Secretaría General de Investigación, Desarrollo e Innovación en Salud del Ministerio de Sanidad y Familias ha puesto en marcha el Registro Electrónico de Desfibriladores Externos Automáticos (DEA) a través del cual se autoriza la instalación, modificación, uso o baja de los desfibriladores implantados fuera del sector sanitario en Andalucía.

La notificación telemática a través del nuevo registro permite al Servicio Andaluz de Emergencias Sanitarias 061, dependiente del Servicio Andaluz de Salud, disponer de un mapa completo y actualizado de los desfibriladores instalados fuera del sector sanitario en Andalucía, según una nota del Consejo.

Esta información actualizada permite a los Centros de Coordinación de Emergencias actuar con mayor agilidad, eficacia y eficiencia a la hora de activar la “cadena de supervivencia” y mejorar la respuesta ante una parada cardiaca.

Esta herramienta facilita el trámite obligatorio de notificar la instalación de un desfibrilador, o cualquier cambio realizado en el ya instalado, como cambiar el tipo de desfibrilador, su ubicación, responsable o su baja definitiva.

Este Registro Telemático está al servicio de las personas o entidades responsables del desfibrilador, ya sean personas físicas o jurídicas, que son a su vez responsables de la gestión o explotación del espacio o lugar donde se encuentra el DEA.

En el caso de una sola persona física, también puede realizar el trámite de notificación a través del formulario disponible en la página web del Ministerio de Sanidad y Familias (URL), aunque la vía preferente es el Registro Telemático.

REGULADOR

Desde 2012, Andalucía cuenta con una normativa que regula la instalación obligatoria de desfibriladores. El Decreto 22/2012, de 14 de febrero, regula el uso de desfibriladores externos automáticos fuera del sector sanitario y establece el Registro y una Comisión de Supervisión, con el fin de establecer los lugares en los que necesariamente se debe disponer de un desfibrilador, cómo se debe comunicar o qué personas están autorizadas a utilizarlo.

Esta normativa se completa con la ordenanza de 8 de abril de 2021, por la que se regula la comunicación electrónica de la instalación y uso de un desfibrilador, modificando los anexos I y II del decreto inicial.

Con la Ordenanza de 4 de junio de 2013 también se regula la formación necesaria para el uso de desfibriladores externos automáticos fuera del sector sanitario.