Un cirujano, listo para operar. / AFP
El TSJA concede 75.000 euros a los familiares del fallecido porque debería haber tenido la oportunidad de ser intervenido rápidamente para cubrir el sangrado provocado por una primera intervención
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictaminado que el Servicio Andaluz de Salud debe indemnizar a la familia de un paciente del hospital Virgen de las Nieves de Granada con 75.000 euros, que falleció tras la extirpación de un tumor maligno de un riñón. Según uno de los anestesiólogos del citado centro de salud que atendió al desafortunado paciente y al forense, el paciente sufrió una hemorragia interna tras la cirugía, que, a su juicio, habría requerido una nueva cirugía. Sin embargo, y pese a las advertencias del médico del equipo de reanimación, los médicos tardaron once horas en decidirse a hacerlo y el afectado falleció.
Los magistrados de TSJA admiten que era imposible establecer con absoluta certeza que el hombre habría sobrevivido si su segunda visita al quirófano se hubiera producido más rápidamente. En este sentido, la sentencia -que puede ser impugnada en el Tribunal Supremo- utiliza el concepto de «pérdida de oportunidad» para describir lo sucedido, es decir, que el paciente debió haber intervenido de manera urgente, independientemente de que esa acción hubiera impedido el resultado muerte o no.
La resolución de la Audiencia Nacional de Andalucía modifica parcialmente una primera sentencia de un juzgado contencioso-administrativo de la capital granadina que desestimó las pretensiones de los perjudicados.
Un anestesiólogo informó a los cirujanos en varias ocasiones que el paciente «sufrió algún tipo de sangrado»
El hecho que ahora procesa el TSJA tuvo lugar en 2016 y la sentencia concede especial importancia al informe del forense que investigó el caso, quien llegó a reconocer que no se explicaba el motivo del retraso en la ejecución del segundo operativo. «(…) En el informe médico-legal del 3 de noviembre de 2016, (… leemos lo siguiente:»[A] A la luz de los resultados, parece haber un retraso en la reintervención, dada la mala evolución del paciente hacia el fracaso multiorgánico y el mantenimiento del sangrado postoperatorio tras la primera cirugía. […] Esta demora es muy difícil de interpretar para este perito «, dijo el perito. Sin embargo, aclara que en ningún momento ha habido» descuido y abandono del paciente «y habla de» una actitud médica conservadora, que, si hubiera tenido Resultados satisfactorios, habría presentado en principio una evolución favorable, pero que, lamentablemente, no fue así ‘”, recuerda el juzgado al testimonio del forense.
En este punto los jueces del TSJA destacan la declaración del anestesista que trató al paciente, ya que coincide con el criterio expresado por el perito. «(Las) conclusiones (del médico forense) están plenamente corroboradas por el testimonio» médico «del Departamento de Anestesiología y Cuidados Intensivos Generales, que literalmente afirma que su opinión desde el principio fue que había algún tipo de sangrado en el paciente.
De hecho, asegura haber advertido a los cirujanos de esta circunstancia después de que «el colega de guardia» le advirtiera que las cosas no iban bien. Los responsables del operativo tomaron nota de ello, pero decidieron no realizar la segunda intervención.
«Alto riesgo»
«(…) No compartiendo este enfoque – agrega la frase – (el anestesista) decidió llamarlos (a los cirujanos) varias veces», ya que, para él, era evidente «que era necesaria una reintervención, dada la existencia de indudables síntomas de sangrado y que la actitud de espera que los cirujanos decidieron mantener implicaba la asunción de un riesgo definitivamente alto ”, insistió el especialista en reanimación.
Sin embargo, el testigo también reconoció que el resultado de la segunda cirugía era impredecible y dijo que no sabía qué hubiera pasado si la operación se hubiera realizado con la máxima urgencia. “Concluye afirmando que no se sabe si, si la segunda cirugía se hubiera realizado de manera más inmediata, el triste resultado final podría haberse evitado. Tampoco cuál hubiera sido el resultado final si el paciente hubiera intervenido con mayor inmediatez ”, se lee en la sentencia judicial.
Por ello, la TSJA se inclina a aceptar parte de las reclamaciones de los familiares del desafortunado paciente y ordena a la SAS el pago de una indemnización de 75.000 euros. Los actores habían pedido 150.000 €.