El Servicio Andaluz de Salud afirmó en unos alegatos a una demanda interpuesta por el Sindicato Nacional de Técnicos Sanitarios -que formula el recurso con su denominación anterior como Federación Andaluza de Técnicos Especialistas, FATE- que la organización sindical «no tiene legitimación para ejercer una reclamación puramente individual” en referencia a una solicitud de reclasificación profesional del grupo C1 al B que dicha organización presenta desde 2019 ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
En estas acusaciones, a las que ha tenido acceso este periódico, el SAS prosigue con su argumentación, explicando que el sindicato “no ostenta tal legitimidad, por la sencilla razón de que el ejercicio de esta pretensión corresponde a los profesionales de forma individual y no colectiva. el sindicato mismo. En el supuesto hipotético de que las declaraciones realizadas tuvieran alguna perspectiva de prosperidad, lo que obviamente negamos categóricamente, se debe analizar caso por caso, es decir, determinar la situación de cada uno de los profesionales”.
Dicho esto, Tecnos -que tiene su sede en Córdoba-, nos recuerda que la libertad de asociación es un derecho fundamental reconocido por la Constitución Española en su artículo 28, «de los derechos y libertades públicas» que establece que «toda persona tiene derecho a sindicalizarse libremente». La libertad de asociación incluye el derecho a formar y afiliarse a sindicatos de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y fundar o afiliarse a organizaciones sindicales internacionales. Nadie puede ser obligado a afiliarse a un sindicato.
Tal fue la sorpresa al conocer las denuncias presentadas por el SAS a la demanda interpuesta por el Sindicato Nacional de Técnicos Superiores Tecnólogos de la Salud quienes alegan que «no pueden creer que una administración pública cuestione, más aún afirme la falta de legitimidad de un sindicato para entablar una demanda que involucre a un grupo de profesionales, poniendo así en entredicho el ejercicio de un derecho fundamental como este”.
“No entendemos cómo una administración puede afirmar categóricamente algo tan grave”, explica el secretario general de Tecnos, Joaquín Cano, “que llega a decir que como sindicato no tenemos legitimidad para presentar la denuncia” por la sencilla razón que el ejercicio de esta pretensión corresponde a los profesionales de forma individual y no colectiva, como dice textualmente el SAS en sus memorias defensivas”, reitera el secretario general del organismo.
«Una afirmación» -prosigue el sindicato-, «que vulnera los derechos fundamentales tanto del propio sindicato como, lo que es más grave, de cualquiera que organice un sindicato para reivindicar sus derechos y, en consecuencia, de sus allegados». 8.000 técnicos superiores de salud que, solo en Andalucía, se ven afectados por esta discriminación profesional”.
Por parte de la organización sindical lamentan profundamente estas declaraciones del SAS y confían en que los alegatos presentados por la administración sanitaria serán rechazados en la sentencia judicial.
La demanda en cuestión iniciada por Tecnos en 2019 y ya pendiente de notificación y sentencia judicial tiene que ver con la reclasificación en el grupo B del grupo de Técnicos Superiores de Salud ya que actualmente están inscritos en el grupo C1, cuya titulación exigida es únicamente la de Liceo. . Ganar el caso significaría reconocimiento y una serie de mejoras en sus condiciones laborales, como salario, licencia por enfermedad o desempleo.